El pasado día 31 de mayo los medios de comunicación dieron mucha difusión al caso de J. A. S. B., hombre de 39 años y vecino del municipio de La Rinconada, en la provincia de Sevilla.
Este señor ha padecido once meses de prisión provisional por unos supuestos maltratos reiterados que cometía contra su mujer, pero ahora el juez ha decidido archivar la causa y ha deducido testimonio contra ella por un delito de de denuncias falsas.
En el auto de sobreseimiento el juez afirma que la denunciante tiene una evidente falta de verosimilitud, ya que sostiene haber padecido malos tratos por parte de su marido en fechas en las que este no se encontraba en Sevilla. Por otro lado el forense que ha estudiado las lesiones que presentaba la mujer ha concluido que lo más verosímil es que hayan sido producidas por ella misma.
Tras once meses en prisión provisional este señor sale por fin de una prisión provisional que ha padecido muy injustamente, tan solo por que el juez dio valor a las palabras de la mujer. Y es que la ley vigente de Medidas de protección integral contra la violencia de género (LO 1/2004) al dar una extraordinaria protección a la mujer por el hecho de serla le ha dado también una poderosa arma para maltratar a los hombres: la interposición de denuncias falsas.
En la actualidad es uno de los maltratos padecidos por los hombres que resulta más frecuente, y además creciente en progresión geométrica: la impunidad real que tienen las mujeres ante las denuncias que presentan falsamente es casi absoluta, y por ello la noticia de la que ahora nos hacemos eco es tan buena noticia.
Es fundamental que las mujeres sean conscientes de que no pueden utilizar libremente el sistema judicial para maltratar a sus parejas mediante la interposición de denuncias de delitos no cometidos. Y que si utilizan estas denuncias falsas serán castigadas por ello. Solo así podremos evitar este novedoso y gravísimo método de maltrato.
Este señor ha padecido once meses de prisión provisional por unos supuestos maltratos reiterados que cometía contra su mujer, pero ahora el juez ha decidido archivar la causa y ha deducido testimonio contra ella por un delito de de denuncias falsas.
En el auto de sobreseimiento el juez afirma que la denunciante tiene una evidente falta de verosimilitud, ya que sostiene haber padecido malos tratos por parte de su marido en fechas en las que este no se encontraba en Sevilla. Por otro lado el forense que ha estudiado las lesiones que presentaba la mujer ha concluido que lo más verosímil es que hayan sido producidas por ella misma.
Tras once meses en prisión provisional este señor sale por fin de una prisión provisional que ha padecido muy injustamente, tan solo por que el juez dio valor a las palabras de la mujer. Y es que la ley vigente de Medidas de protección integral contra la violencia de género (LO 1/2004) al dar una extraordinaria protección a la mujer por el hecho de serla le ha dado también una poderosa arma para maltratar a los hombres: la interposición de denuncias falsas.
En la actualidad es uno de los maltratos padecidos por los hombres que resulta más frecuente, y además creciente en progresión geométrica: la impunidad real que tienen las mujeres ante las denuncias que presentan falsamente es casi absoluta, y por ello la noticia de la que ahora nos hacemos eco es tan buena noticia.
Es fundamental que las mujeres sean conscientes de que no pueden utilizar libremente el sistema judicial para maltratar a sus parejas mediante la interposición de denuncias de delitos no cometidos. Y que si utilizan estas denuncias falsas serán castigadas por ello. Solo así podremos evitar este novedoso y gravísimo método de maltrato.
